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ARCA reglamentó el régimen de la reforma laboral que permite regularizar trabajadores en negro: cómo funciona
EconomíaTucumán

ARCA reglamentó el régimen de la reforma laboral que permite regularizar trabajadores en negro: cómo funciona

I
INFOBAE
jueves, 11 de junio de 2026 · 08:17 p. m. hs · 4 min

El régimen, enmarcado en la Ley de Modernización Laboral, permite a los empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no declaradas o mal registradas con planes de pago de hasta 72 cuotas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este jueves el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER).

Se trata del mecanismo incluido dentro de la Ley de Modernización Laboral que permite a los empleadores del sector privado regularizar trabajadores no declarados o con registración deficiente, con quitas de deuda de hasta el 90% y planes de pago de hasta 72 cuotas.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución 5862/2026, publicada en el Boletín Oficial.

La regla alcanza aquellas relaciones laborales del sector privado iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 que se encuentren vigentes al momento de la adhesión.

Los empleadores tendrán plazo hasta el 28 de noviembre de 2026 para inscribirse, y podrán incluir obligaciones vencidas hasta el último día del mes en que presenten la solicitud.

Es decir, hasta las correspondientes al período de octubre de 2026.

El régimen llega en un contexto de alta informalidad: según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), la informalidad laboral alcanzó al 43% de los trabajadores en el cuarto trimestre de 2025, con más de 5,6 millones de asalariados fuera del sistema previsional.

La construcción y el servicio doméstico concentran las tasas más altas, con 52,6% y 78% respectivamente.

El decreto también contempla casos detectados en inspecciones ya notificadas al empleador, siempre que la deuda no haya sido cancelada, aun cuando se encuentre en discusión administrativa o judicial.

Quedan excluidas las relaciones laborales del sector público.

Las quitas según el tamaño del empleador La quita de la deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social varía según el tamaño del empleador.

Las micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro verán perdonado el 90% de lo adeudado; las medianas empresas de los tramos 1 y 2, el 80%; y el resto de los empleadores, el 70%.

Quienes opten por cancelar el saldo restante al contado obtendrán una reducción adicional del 50 por ciento.

Para el Fondo del Sistema Nacional del Seguro de Salud (FSR), Riesgos del Trabajo (ART) y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO), la condonación asciende al 100%, tanto del capital como de los intereses.

Plan de facilidades de pago La deuda restante podrá financiarse a través del plan de facilidades habilitado por ARCA, con una tasa preferencial del 1% mensual.

Las micro y pequeñas empresas y las entidades sin fines de lucro podrán acceder a hasta 72 cuotas, con un pago a cuenta del 3% del monto consolidado.

Las medianas empresas contarán con hasta 48 cuotas y un anticipo del 4%, mientras que los demás empleadores tendrán hasta 36 cuotas con un pago inicial del 5%.

El monto mínimo de cada cuota es de 50.000 pesos.

El plan caduca ante la falta de pago de dos cuotas, ya sean consecutivas o alternadas, o por no cancelar una cuota dentro de los plazos previstos.

En ese caso, ARCA quedará habilitada para reclamar el total adeudado e iniciar acciones judiciales.

Cómo adherirse Para inscribirse, los empleadores deberán registrar a los trabajadores no declarados, corregir fechas de ingreso posteriores a las reales o informar remuneraciones inferiores a las efectivamente pagadas.

El trámite se realiza a través del servicio con clave fiscal “Simplificación Registral”, con posterior incorporación en las declaraciones juradas de seguridad social originales o rectificativas.

El plan de facilidades se gestiona mediante el servicio “Mis Facilidades”, disponible en el sitio web de ARCA.

Ambas herramientas estarán operativas a partir del próximo martes 16 de junio.

La regularización también produce efectos penales: la adhesión al régimen extingue la acción penal por delitos tributarios vinculados a las obligaciones incluidas, siempre que no exista sentencia firme a la fecha de adhesión.

Además, los empleadores que se sumen al programa obtendrán la baja automática del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) por infracciones constatadas hasta el 6 de marzo de 2026.

El período regularizado será computado como tiempo de servicio a los fines de acreditar prestaciones jubilatorias, por invalidez y por desempleo.

El Congreso aprobó laLey de Modernización Laboral en febrero de 2026, aunque su entrada en vigor se demoró hasta fines de abril, cuando la Justicia levantó una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) que había suspendido más de 80 artículos de la norma.

El nuevo marco incorporó modificaciones en los costos laborales, nuevos instrumentos para administrar la jornada de trabajo y una actualización de los procedimientos de resolución de conflictos judiciales.

Los primeros efectos concretos ya se registran: esta semana, Mirgor, fabricante de electrónica y autopartes, firmó el primer acuerdo de banco de horas con el sindicato SMATA.

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Leer la nota original en Infobae
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